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Anmat prohibió la venta y circulación de una marca de aceite de oliva

La disposición fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La Anmat prohibió la la comercialización en todo el territorio nacional.
Actualizada: 25/06/2018 10:33
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) informó la prohibición de la venta del aceite de oliva extra virgen marca “Gotas de Oliva” que fue detectado en el marco del Programa de Vigilancia de Contaminantes Químicos y Biológicos.

En la misma circular, Anmat precisa “que el informe de laboratorio N° 2040-17 arroja como resultado: ´la muestra analizada no cumple con las especificaciones del artículo 535 del Código Alimentario Argentino (CAA), en lo que respecta al perfil de ácidos grasos para aceite de oliva. Alimento adulterado´”.

De esta manera, el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL “categoriza el retiro Clase III y a través del Comunicado SIFeGA N° 539, pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización del referido alimento en sus jurisdicciones procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo del artículo 1415 del CAA concordado con los artículos 2°, 9° y 11° de la Ley 18284, informando a este Instituto acerca de lo actuado”.

Así las cosas, el Anmat dispone que se prohíba la comercialización en todo el territorio nacional del producto aceite de oliva extra virgen marca: Gotas de Oliva, peso neto 500ml, envasado en la provincia de La Rioja en julio 2016, por las razones expuestas en el Considerando, informó diario Popular.

Asimismo, dispone que se instruya “sumario sanitario al establecimiento Dietética Club Saludable con domicilio en Av. Callao 836, CABA, por presunta infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y 535 del CAA”

Finalmente, el organismo dispone que se registre el incidente y se pase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. “Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) y a quienes corresponda Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Alimentos”, dice el texto firmado por Carlos Alberto Chiale.

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